Cálculo de estimaciones preventivas adicionales
Estimaciones preventivas adicionales, marco teórico
Se establece en las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, lo siguiente:
“Artículo 190.- Las Sociedades deberán constituir provisiones preventivas adicionales a las que deben crear como resultado del proceso de calificación de su cartera de crédito, hasta por la cantidad que se requiera para provisionar al 100 por ciento aquellos créditos que sean otorgados sin que exista en los expedientes de crédito respectivos, documentación que acredite haber formulado ante alguna Sociedad de Información Crediticia una consulta previa a su otorgamiento, respecto al historial crediticio del solicitante que corresponda y, en su caso, de las personas que funjan como avalistas, fiadores u obligados solidarios en la operación…”
y
“Artículo 192.- Las Sociedades deberán contar con políticas y procedimientos aprobados por el Consejo de Administración que permitan implementar medidas de control para identificar, evaluar y limitar de manera oportuna la toma de riesgos en el otorgamiento de créditos, basados en la información que obtengan de Sociedades de Información Crediticia, en las que se prevea, cuando menos, lo siguiente:
…
IV. El porcentaje de provisionamiento adicional, aplicable a los créditos de que se trate, así como los supuestos en que proceda su liberación.”
Además
“Artículo 42.- La Comisión podrá ordenar lo siguiente:
I. La constitución de estimaciones preventivas adicionales a las que deban crear las Sociedades como resultado de su proceso de calificación de cartera crediticia, hasta por la cantidad que se requiera para provisionar al 100 por ciento, en los casos siguientes:
a) Tratándose de Sociedades que no se ajusten a la normatividad aplicable o a las políticas y procedimientos establecidos en materia de crédito.
b) Si a su juicio así procediere, tomando en cuenta el riesgo de crédito asumido por la Sociedad en sus operaciones.”
Derivado también de la observación de los reportes del Anexo Ñ, además de las estimaciones sobre la parte expuesta y no expuesta del saldo del préstamo, y de los intereses devengados de cartera vencida, deben considerarse dos tipos de estimaciones adicionales,
a) la estimación adicional por riesgos operativos, derivada de consultas al SIC
b) la estimación adicional ordenada por la CNBV
Por tanto se pueden establecer manualmente estas dos tasas adicionales en Sistema/Parámetros/Pctjs. Estim. Prev. en las columnas, respectivamente, de TasaSIC y TasaCNBV. Los préstamos a los que se desee calcular estas estimaciones adicionales, deberán ser marcados como tales en Personas/Préstamos/Prop. Avanzadas/Esti. Adicional SIC y Esti. Adicional CNBV.
Estas marcas, al ser solo booleanas y no de tipo fecha, son retroactivas. Es decir, un préstamo que ha sido marcado como sujeto de cualquiera de estas estimaciones adicionales, se le calculará esta estimación adicional durante toda la vida del crédito, desde su otorgamiento.
El resultado desglosado y acumulado de estas estimaciones adicionales se puede observar en varios reportes, como son Reportes/Préstamos/Saldos/SAC y Reportes/Préstamos/Saldos/R04-C-0451 y Reportes/Préstamos/Saldos/R04-A-0417.
También se puede usar una misma cuenta para diversos conceptos. Por ejemplo la cuenta 1-06-01-01-01-01-01 podría recibir los abonos de las EPRC de consumo, comercio y vivienda e incluso todas las estimaciones preventivas adicionales. Pero esto en general no es recomendable porque las entidades prefieren ver desglosados los movimientos y los saldos de cada uno de estos conceptos, y porque el catálogo mínimo y los reportes regulatorios así lo requieren.
Sin embargo, para que la generación de la póliza automática de EPRC funcione adecuadamente, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Cada una de las cuentas contables con los rasgos (esti, dvg) y (estiad, dvg) debe aparecer en interfaz exclusivamente para el rasgo de estimación preventiva en activo. Es decir las cuentas para EPRC en activo no deben aparecer en la interfaz contable con otro uso.
No se deben realizar pólizas manuales que afecten alguna cuenta de las EPRC en activo, ni a ninguna cuenta que acumule a la cuenta global de estimaciones.
Se establece en las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, lo siguiente:
“Artículo 190.- Las Sociedades deberán constituir provisiones preventivas adicionales a las que deben crear como resultado del proceso de calificación de su cartera de crédito, hasta por la cantidad que se requiera para provisionar al 100 por ciento aquellos créditos que sean otorgados sin que exista en los expedientes de crédito respectivos, documentación que acredite haber formulado ante alguna Sociedad de Información Crediticia una consulta previa a su otorgamiento, respecto al historial crediticio del solicitante que corresponda y, en su caso, de las personas que funjan como avalistas, fiadores u obligados solidarios en la operación…”
y
“Artículo 192.- Las Sociedades deberán contar con políticas y procedimientos aprobados por el Consejo de Administración que permitan implementar medidas de control para identificar, evaluar y limitar de manera oportuna la toma de riesgos en el otorgamiento de créditos, basados en la información que obtengan de Sociedades de Información Crediticia, en las que se prevea, cuando menos, lo siguiente:
…
IV. El porcentaje de provisionamiento adicional, aplicable a los créditos de que se trate, así como los supuestos en que proceda su liberación.”
Además
“Artículo 42.- La Comisión podrá ordenar lo siguiente:
I. La constitución de estimaciones preventivas adicionales a las que deban crear las Sociedades como resultado de su proceso de calificación de cartera crediticia, hasta por la cantidad que se requiera para provisionar al 100 por ciento, en los casos siguientes:
a) Tratándose de Sociedades que no se ajusten a la normatividad aplicable o a las políticas y procedimientos establecidos en materia de crédito.
b) Si a su juicio así procediere, tomando en cuenta el riesgo de crédito asumido por la Sociedad en sus operaciones.”
Derivado también de la observación de los reportes del Anexo Ñ, además de las estimaciones sobre la parte expuesta y no expuesta del saldo del préstamo, y de los intereses devengados de cartera vencida, deben considerarse dos tipos de estimaciones adicionales,
a) la estimación adicional por riesgos operativos, derivada de consultas al SIC
b) la estimación adicional ordenada por la CNBV
Por tanto se pueden establecer manualmente estas dos tasas adicionales en Sistema/Parámetros/Pctjs. Estim. Prev. en las columnas, respectivamente, de TasaSIC y TasaCNBV. Los préstamos a los que se desee calcular estas estimaciones adicionales, deberán ser marcados como tales en Personas/Préstamos/Prop. Avanzadas/Esti. Adicional SIC y Esti. Adicional CNBV.
Estas marcas, al ser solo booleanas y no de tipo fecha, son retroactivas. Es decir, un préstamo que ha sido marcado como sujeto de cualquiera de estas estimaciones adicionales, se le calculará esta estimación adicional durante toda la vida del crédito, desde su otorgamiento.
El resultado desglosado y acumulado de estas estimaciones adicionales se puede observar en varios reportes, como son Reportes/Préstamos/Saldos/SAC y Reportes/Préstamos/Saldos/R04-C-0451 y Reportes/Préstamos/Saldos/R04-A-0417.
Generación automática de pólizas
en IC para EPRC
Por consideraciones prácticas, como son la manipulación
constante de los datos en SAC (captura, modificación, borrado, CRUD), los
constantes y caóticos cambios en las leyes, disposiciones y demás regulaciones
legales, así como los cambios en su misma interpretación e implementación, el
programa SAC no almacena en base de datos los resultados de las EPRC.
En vez de ello, cada vez que se requiere esta información
(formularios de pantalla o reportes) se calcula dinámicamente. Es decir se
consideran los parámetros del préstamo, como son días de mora, finalidad
(consumo, comercio, vivienda), tipo de cartera (tipo 1, tipo 2), saldos de
capital e interés, garantía líquidas, fecha de cálculo, y cualquier otro que
las regulaciones aplicables del momento requieran, para calcular la estimación
preventiva. Este no es un resultado único, sino que se obtienen por separado:
·
Estimación preventiva de parte cubierta
·
Estimación preventiva de parte expuesta
·
Estimación preventiva de intereses devengados en
cartera vencida
·
Estimación preventiva adicional por riesgos
operativos (SIC)
·
Estimación preventiva adicional ordenada por la
CNBV
Estos tipos de estimaciones, conceptualmente y en número,
han cambiado con anterioridad y podrían seguir cambiando.
Por tanto se puede observar que es muy difícil o imposible
definir un diseño de base de datos (esquema) que pudiera enfrentar este
panorama aquí descrito, crear por ejemplo una tabla y/o una serie de campos que
almacenara, al último día de cada mes, todos estos tipos de estimaciones para
cada préstamo. Se opta entonces por este modelo dinámico.
En IC, al generar la póliza de EPRC el día último de cada
mes, se llaman a los mismos procedimientos que usa SAC y se aplican las cuentas
expresadas en la interfaz contable para crear las pólizas necesarias. A
continuación se explica más detalladamente este proceso.
Primero hay que entrar, en IC, a Sistema/Interfaz/Interfaz
con SAC. Verificar que ya existan o en su caso agregar los rasgos mínimos
necesarios para mandar las estimaciones preventivas a las cuentas contables
adecuadas.
Rasgo1
|
Rasgo2
|
Rasgo3
|
Rasgo4
|
Rasgo5
|
Descripción
|
|
Esti
|
Con, com, viv
|
Estimaciones preventivas para
riesgos crediticios, para los créditos de consumo, comercio y vivienda
|
||||
EstiAd
|
Cv
|
Estimaciones preventivas adicionales
por intereses en cartera vencida
|
||||
EstiAd
|
Sic
|
Estimaciones preventivas adicionales
por riesgos operativos (SIC)
|
||||
EstiAd
|
Cnbv
|
Estimaciones preventivas adicionales
ordenadas por la CNBV
|
||||
Esti, EstiAd
|
dvg
|
Estimaciónes preventivas para
riesgos crediticios, en activo, útil para castigo de préstamos
|
Act
|
|||
Esti, EstiAd
|
Int
|
Estimaciónes preventivas para riesgos crediticios en egresos
|
Egr
|
|||
Esti, EstiAd
|
(0, 1, 2, 3...)
|
El rasgo 4 indica en los préstamos a
cuál producto pertenecen, de acuerdo a prestotor.clavetasa, entre paréntesis
|
Act, egr
|
|||
Esti, EstiAd
|
(0, 1, 2)
|
El rasgo 5 indica el status del
préstamo de acuerdo a prestotor.statusR, cuyos valores pueden ser 0=normal,
1=reestructurado y 2=renovado
entre paréntesis
|
Act, egr
|
Un ejemplo de esta parte de la interfaz podría ser el
siguiente:
Rasgo1
|
Rasgo2
|
Rasgo3
|
ClaveCuenta
|
Descripción
|
Uso
|
|||
Estimación preventiva p/cre. incob.
|
com
|
dvg
|
1-06-01-01-01-02-01
|
Estimación preventiva para créditos incobrables/comercio
|
act
|
|||
Estimación preventiva p/cre. incob.
|
com
|
int
|
5-03-01-01-01-01-02
|
Estimación preventiva para créditos incobrables en egresos/comercio
|
egr
|
|||
Estimación preventiva p/cre. incob.
|
con
|
dvg
|
1-06-02-07-03-01-00
|
Estimación preventiva para créditos incobrables/consumo
|
act
|
|||
Estimación preventiva p/cre. incob.
|
con
|
int
|
5-03-01-02-00-00-00
|
Estimación preventiva para créditos incobrables en egresos/consumo
|
egr
|
|||
Estimación preventiva p/cre. incob.
|
viv
|
dvg
|
1-06-03-02-02-01-00
|
Estimación preventiva para créditos incobrables/vivienda
|
act
|
|||
Estimación preventiva p/cre. incob.
|
viv
|
int
|
5-03-01-03-00-00-00
|
Estimación preventiva para créditos incobrables en egresos/vivienda
|
egr
|
|||
Estimación preventiva adicional
|
cnbv
|
dvg
|
1-06-04-03-00-00-00
|
Estimación preventiva ad. ordenada por la CNBV
|
act
|
|||
Estimación preventiva adicional
|
cnbv
|
int
|
5-03-02-03-00-00-00
|
Estimación preventiva ad. ordenada por la CNBV
|
egr
|
|||
Estimación preventiva adicional
|
cv
|
dvg
|
1-06-04-02-01-00-00
|
Estimación preventiva ad. por int. dvg. en car. ven.
|
act
|
|||
Estimación preventiva adicional
|
cv
|
int
|
5-03-02-02-00-00-00
|
Estimación preventiva ad. por int. dvg. en car. ven.
|
egr
|
|||
Estimación preventiva adicional
|
sic
|
dvg
|
1-06-04-01-00-00-00
|
Estimación preventiva ad. por riesgos operativos (SIC)
|
act
|
|||
Estimación preventiva adicional
|
sic
|
int
|
5-03-02-01-00-00-00
|
Estimación preventiva ad. por riesgos operativos (SIC)
|
egr
|
Se puede fragmentar todavía más la interfaz asignando
cuentas contables diferentes para diferentes productos de préstamo, o para
créditos reestructurados o renovados, para lo cual se usan los rasgos 4 y 5
respectivamente.
También se puede usar una misma cuenta para diversos conceptos. Por ejemplo la cuenta 1-06-01-01-01-01-01 podría recibir los abonos de las EPRC de consumo, comercio y vivienda e incluso todas las estimaciones preventivas adicionales. Pero esto en general no es recomendable porque las entidades prefieren ver desglosados los movimientos y los saldos de cada uno de estos conceptos, y porque el catálogo mínimo y los reportes regulatorios así lo requieren.
Sin embargo, para que la generación de la póliza automática de EPRC funcione adecuadamente, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Cada una de las cuentas contables con los rasgos (esti, dvg) y (estiad, dvg) debe aparecer en interfaz exclusivamente para el rasgo de estimación preventiva en activo. Es decir las cuentas para EPRC en activo no deben aparecer en la interfaz contable con otro uso.
No se deben realizar pólizas manuales que afecten alguna cuenta de las EPRC en activo, ni a ninguna cuenta que acumule a la cuenta global de estimaciones.
Esto se debe al algoritmo que usa IC para tratar de empatar
los saldos de SAC. IC obtiene los saldos calculados de cada uno de los
conceptos de estimaciones a la fecha requerida, y los compara con los saldos
del propio IC del periodo anterior. Hace los cargos y abonos necesarios para
que los saldos queden igual a SAC. Entonces cualquier interferencia en estos
saldos, mediante pólizas manuales, evitaría obtener un saldo final correcto.
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